El pasado sábado 5 de mayo fue publicado
el RD 597/2007 sobre publicación
de las sanciones por infracciones muy graves
en materia de prevención de riesgos
laborales .
Mediante este Real Decreto las sanciones
administrativas impuestas a los empresarios
por cometer infracciones graves en materia
de Prevención de Riesgos Laborales
se harán públicas en el
Boletín Oficial del Estado o
de la Comunidad Autónoma de acuerdo
con el correspondiente ámbito
de competencia. Además, se podrían
hacer públicas las sanciones en
el apartado anterior, en los plazos y
condiciones señaladas en el mismo.
El procedimiento se iniciará de
oficio , mediante propuesta
contenida en el acta de infracción
de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social. La publicación
se hará en un plazo no superior
a tres meses desde la finalización
del procedimiento y contendrá :
- Nombre o razón social de la empresa
sancionada.
- Sector de actividad a que
se dedica
- Número de Documento Nacional
de Identidad de las personas físicas
o Código de Identificación
fiscal de las personas jurídicas
-
Domicilio Social
- Infracción cometida
- Sanción económica impuesta,
incluyendo la cuantía de la misma,
así como las demás sanciones
impuestas con carácter principal
o accesorio, si las hubiera.
- Fecha de
extensión del acta de
infracción.
- Fecha en la que la
sanción adquiere
firmeza.
Además del conocimiento público
de las mencionadas sanciones, la Dirección
General de la Inspección de Trabajo
y Seguridad Social podría recabar
de los órganos competentes los datos
publicados en sus respectivos ámbitos
de actuación para el ejercicio de
las competencias que la misma tiene legalmente
atribuidas. |